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Las señales deberán reservar sólo un 5% del tiempo de programación.

 

Decreto 429/19 publicado hoy en el Boletín Oficial, redujo a la mitad el tiempo de publicidad que disponen los políticos en medios audiovisuales.

Cuando todavía falta saber de dónde salieron los fondos para la campaña electoral del 2017 y que tiene por aportantes truchos a varias personas que ni siquiera simpatizan con el PRO, Mauricio Macri, decidió recortar la cantidad de publicidades a los partidos políticos para esta contienda nacional.

Cabe recordar por aquel entonces que la investigación periodística apuntaba a revelar el modo en que Cambiemos utilizó los nombres de beneficiarios de planes sociales para falsificar aportes a la campaña política de 2017 y afiliarlos sin su consentimiento al PRO. El empresario y ex candidato del PRO en Ituzaingó Osvaldo Marasco contó que se usaron los nombres de candidatos oficialistas para “blanquear” cerca de 40 millones de pesos como “aportes privados” en 81 municipios bonaerenses. Marasco al respecto de las maniobras dijo: “El 100% de los aportes son truchos. Lo mismo con las cenas, inventaban una ‘cena de recaudación’ y decían que juntaban plata. Mentira, nadie hacía donaciones. La forma de blanquear la plata fue copiar las listas que mandamos a la junta electoral y ponerles montos de hasta 50 mil pesos”. Sostuvo que todo ese dinero era manejado por el intendente de Vicente López, Jorge Macri, y Diego Santilli, junto con la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal y el jefe de campaña en la Provincia, Federico Salvai.

Sin inmutarse por ese cometido y haciendo uso de las facultades ejecutivas, Macri, firmó un decreto para afectar el tiempo y medios audiovisuales, disponibles a los partidos en Argentina que disputarán el poder a la actual gestión.

DECRETO PRESIDENCIAL

Según apunta el decreto, los servicios de comunicación audiovisual y las señales que cuenten con una programación igual o superior a las dos horas, deberán reservar el 5% del tiempo “para la difusión de mensajes de campaña electoral en servicios de comunicación audiovisual paras las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales”.
De esta forma, el Gobierno nacional eliminó artículo 2 del decreto 1142/15 que establecía un 10% del tiempo total.
Estos cambios estaban contemplados en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos 27.504 sancionada el 31 de mayo de 2019 por impulso del oficialismo. En el artículo 18 de esa norma, el Congreso decidió sustituir el artículo 43 quáter de la vieja ley 26.215 de financiamiento de los partidos políticos. Con el cambio, los servicios de comunicación y de televisión por suscripción están obligados a ceder en forma gratuita el cinco por ciento (5%) del tiempo total de programación para fines electorales.
El decreto reglamentario de Macri realiza 17 sustituciones del articulado e incorpora cuatro apartados más en los que avanza con modificaciones en torno a los servicios de comunicación audiovisual que administra el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) para la campaña electoral.

Entre las modificaciones, el decreto del Presidente aclara que de acuerdo con lo normado en el artículo 64 del Código Electoral Nacional, la Dirección Nacional Electoral ejecutará las sanciones que le comunique la Cámara Nacional Electoral en razón del incumplimiento de uno o más candidatos con su obligación de participar en el debate presidencial.
En caso de incumplir con la obligatoriedad de presentarse a los debates, el Código Electoral Nacional (ley N° 19.945) dispone como sanción el no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual.
En tal supuesto, la Dirección Nacional Electoral distribuirá igualitariamente el tiempo correspondiente a las agrupaciones sancionadas entre todas aquellas que hubieran participado del debate.
Hasta ahora, el único precandidato presidencial que aclaró que no tiene intenciones de participar del debate presidencial es el postulante del Frente de Todos, Alberto Fernández.

La Cámara Nacional Electoral aprobó en febrero el cronograma para las elecciones presidenciales que se realizarán el 27 de octubre. Dispuso dos debates presidenciales obligatorios, para el 13 y el 20 de octubre. En caso de segunda vuelta, los dos candidatos que lleguen a esa instancia debatirán el 17 de noviembre. El balotaje tendrá lugar el 24 de noviembre.

Menos espacios disponibles en los medios

Uno de los mayores cambios es la sustitución del artículo 4. Antes, los servicios de comunicación audiovisual y señales que cuenten con una programación igual o mayor a doce horas debían destinar el 10% de su tiempo de programación para la difusión de mensajes de campaña electoral para las Paso. Ahora, ese espacio se redujo al 5%.

Con este nuevo decreto, el Ejecutivo nacional estableció a la vez el tiempo destinado entre las agrupaciones políticas por categoría de cargos de la siguiente forma:

Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación, el 50%.
Para la campaña de Senadores Nacionales, el 25%.
Para la campaña de Diputados Nacionales, el 25%.
“En aquellos distritos en que no se elija la categoría de Senadores, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales”, detalla el decreto.

Elecciones legislativas

Para la campaña de Senadores Nacionales, el 50%.
Para la campaña de Diputados Nacionales, el 50%.
“En aquellos distritos en que no se elija la categoría Senadores Nacionales, la totalidad de los espacios se asignarán a la categoría Diputados Nacionales”, explicita la normativa.

En el caso en que uno o más distritos celebren elecciones provinciales en forma simultánea con las elecciones nacionales, las proporciones se modifican, y serán:

Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación, el 40%.
Para la campaña de Senadores Nacionales, el 15%.
Para la campaña de Diputados Nacionales, el 15%.
Para la campaña de Gobernador y Vicegobernador, el 20%.
Para la campaña de Legisladores Provinciales, el 10%.

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