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Por Oscar Cuartango.

 

La presente columna está centraba en el pedido de Juicio por parte del Poder Ejecutivo Nacional al Juez Federal de Dolores Alejo Ramos Padilla.

El caso del Juez Federal de Dolores, el pedido de sometimiento a Jury de enjuiciamiento formulado por el P.E.N. vía su Ministro de Justicia, la asistencia del magistrado a una comisión de la Cámara de Diputados de la Nación presidida por el Diputado Leopoldo Moreau y el tratamiento tendencioso que tanto los medios oficialistas, como opositores dieron al tema, habla a las claras del desaguisado institucional que atraviesa nuestro país y como se hacen prevalecer escaramuzas politiqueras oportunistas sobre las cuestiones de fondo y verdaderamente importantes.

El Juez Ramos Padilla, denunciado ante el Consejo de la Magistratura Nacional, acaba de rendir y aprobar en primer término entre cincuenta postulantes, el examen ante ese organismo, como aspirante a cubrir el Juzgado Federal nro. 1 de La Plata, con competencia electoral en toda la provincia de Buenos Aires y en pocos días podría tener que concurrir al dicho Consejo, tanto para dar explicaciones por la denuncia formulada en su contra por el poder Ejecutivo –por supuesta  actuación irregular y violatoria de los deberes de imparcialidad y reserva que todo juez debe guardar, en virtud de su extensa presentación el Congreso Nacional el pasado 13 de marzo-, como para ser entrevistado a los fines de la definición de la terna para cubrir la vacante por la cual concursa.

Tenemos fundados motivos para pensar que no va a suceder ni lo uno, ni lo otro, El Juez difícilmente sea sometido a jury de enjuiciamiento y seguramente no accederá al cargo por el cual concursa y calificó en primer términos.

Lo primero, porque el Consejo no reúna la mayoría calificada requerida para designar jury de enjuiciamiento por mal desempeño –requiere del voto de 6 consejeros de los 9 que lo conforman- y lo segundo porque depende pura y exclusivamente de la decisión discrecional del Presidente Macri, que en estas cosas no se anda con medias.

Formuladas estas precisiones, pasamos a la consideración de lo que consideramos la  cuestión de fondo y la importancia y responsabilidad del proceder de cada protagonista en la misma .

La mayor gravedad recae sobre el pedido de juicio político elevado por el Poder Ejecutivo Nacional vía su Ministro de Justicia invoca: “MANIFIESTA ACTUACIÓN IRREGULAR   Y VIOLATORIA DE LOS DEBERES DE IMPARCIALIDAD Y SE RESERVA QUE TODO JUEZ DEBE GUARDAR, RESPECTO DE LAS CAUSAS QUE TRAMITAN EN SUS ESTRADOS Y EN RESGUARDO DE LOS DERECHOS DE LAS PARTES INVOLUCRADAS”.

Ello por cuanto la exposición del Dr. Ramos Padilla en el Congreso dejó al desnudo un entramado de espionaje ilegal que abarca a múltiples sectores poder político, mediático, judicial y empresario.

La denuncia presentada por el Poder Ejecutivo contra el Juez Ramos Padilla ante el Consejo de la Magistratura de Nación, implica un nuevo avasallamiento del gobierno contra las instituciones y la independencia del Poder Judicial, y denota la molestia que le causan las investigaciones respecto de sus adeptos.

En consecuencia, los argumentos son improvisados y endebles: en primer lugar,  la causa en manos del Dr. Ramos Padilla ya no se encontraba en secreto de sumario. Por otra parte, concurren por redes sociales y programas televisivos y radiales gran cantidad de funcionarios y fiscales que comentan o dan a conocer investigaciones que tienen a cargo, y sin embargo no se objeta ello. Lo importante, lo central, es que el fallo a ser emitido por los jueces sea sólido, respaldado en las pruebas obrantes en la causa, y conforme a derecho.

El tendencioso tratamiento de los medios oficialistas, atacando al magistrado y de los opositores, defendiéndolo, y ambos ignorando casi por completo las revelaciones de posible existencia de una trama de corrupción que involucraría a agentes de inteligencia, funcionarios del gobierno, jueces, fiscales y periodistas, es el verdadero meollo de la cuestión y que con irrestricto respeto de la presunción de inocencia y del ejercicio del derecho de defensa, debiera llamar la atención del P.E.N. y los medios en su totalidad y ser sometida a una exhaustiva investigación.

La asistencia del magistrado al ámbito legislativo sin consultar ni requerir autorización de las instancias superiores –CSJN-, puede hacerlo incurso en una falta disciplinaria que deberá ser evaluada y en su caso sancionada con un correctivo por el poder al que él pertenece, pero bajo concepto alguno justifica el juicio político pedido y así esperamos y descontamos será resuelto por el Consejo de la Magistratura, ya que en caso de decidirse llevar a cabo jury de enjuiciamiento, ello no implica destitución, sino que la sentencia puede ser la suspensión, la absolución o la destitución del cargo.

La gravedad de la conducta del Ejecutivo en su embestida contra los jueces no adeptos, se potencia con otros comportamientos similares adoptados respecto a magistrados que no fallaron conforme los intereses del gobierno de turno, como en el caso de los Dres Luis Rafaghelli y Diana Cañal de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo por el P.E.N. y del Juez Luis Aires del Fuero Contencioso Administrativo de la Pcia. de Buenos Aires.

Todo lo cual permite avizorar una actitud intimidante a todo el espectro judicial Nacional y Bonaerense.

Lo demás debería ser secundario y anecdótico.

Fuente: IB24

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